La Ley Orgánica del Ambiente, establece como requisito indispensable, la aprobación de un EIA, para el desarrollo de las actividades que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos. Estos estudios se deben aplicar para las siguientes actividades:
-Agricultura y Ganadería
-Agroindustria
-Construcción y Urbanismo
-Cultura y Recreación
-Desarrollos Turísticos
-Industria
-Minería
-Saneamiento Ambiental
-Recursos Naturales
-Recurso Hídrico
En ENLACE brindamos este servicio con el apoyo de profesionales especializados en distintas áreas.